Caso: comunidad aimara de Jatucachi


24 Feb 2023 Equipo,Legal

El caso fue presentado el 2015 mediante expediente N° 01830-2015-CI.

 

A la empresa minera Aruntani SAC se le otorgó la aprobación de la concesión minera “Acumulación Mariela” sin conocimiento previo o consulta de la comunidad aimara de Jatucachi, cuyo territorio ancestral fue afectado. Este petitorio minero ocupa más de 69,000 hectáreas, lo que afecta el territorio no solo de Jatucachi sino también de muchas otras comunidades aimaras en varios distritos de varias provincias tanto de la región de Puno como de Moquegua. El territorio ancestral de Jatucachi también se vio afectado por la aprobación de otros 12 petitorios mineros, convirtiéndose en concesiones mineras, que benefician a las siguientes empresas mineras de gran escala: BHP Billiton World Exploration (Australia) -la empresa minera más grande del mundo-, Barrick Misquichilca S.A. (Canadá) -Barrick es la segunda empresa productora de oro más grande del mundo-, Fresnillo Perú SAC (México), Minera del Norte S.A. (Perú), Minera del Suroeste S.A.C. (Perú) y Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Antuquito I (Perú). Todos estos petitorios mineros fueron aprobados sin previo conocimiento, consulta o consentimiento de las comunidades aimaras involucradas. El principal mineral que se extrae es el oro.

 

 

Con la defensa legal de DHUMA, apoyada por Instituto de Defensa Legal (IDL), la comunidad de Jatucachi interpuso una demanda de amparo constitucional el 2015 contra el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), por violación del derecho a la consulta previa, y la nulidad de las 13 concesiones mineras otorgadas en el territorio ancestral de la Comunidad Jatucachi.

 

 

El fallo en este caso emblemático (presentado en Puno en 2015) fue favorable para la comunidad aimara demandante. Esta es la segunda sentencia a nivel nacional que reconoce el derecho a la consulta previa antes del otorgamiento de títulos de concesión minera en territorios indígenas. Además, el juez declaró la nulidad de los 13 títulos de concesión minera que se superponían al territorio de la comunidad aimara de Jatucachi, ordenando que se realice la consulta previa en forma debida como parte del trámite administrativo para considerar la posible aprobación de los petitorios mineros.

 

 

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el Instituto Geológico, Minero Metalúrgico (INGEMMET) apelaron este fallo. Y las empresas mineras titulares de las concesiones declaradas nulas buscaron intervenir en el proceso para que se anulara esta decisión. El tribunal superior civil ordenó que se devuelva el caso al tribunal de primera instancia para la incorporación de las empresas mineras como imputadas. El 5 de noviembre de 2019 el Juzgado Civil de Puno, donde se originó este caso, ordenó que se notifique la incorporación de las empresas mineras titulares de concesiones mineras en este caso para que puedan participar como demandados.

 

Hasta el año 2021, cuatro empresas mineras contestaron a la demanda. Los dos primeros manifestaron que ya no son titulares de las concesiones por lo que solicitan se notifiquen a los actuales titulares mineros.

 

Año 2022

El juzgado ordenó que se integren al proceso judicial las Empresa mineras Cultinor S. A. C. y Torrine S. A. C. quienes han cumplido con apersonarse y deberán absolver la demanda. Esperamos que el juzgado fije fecha y hora para la audiencia donde se emitirá la sentencia.